Solicitud del Plan Integral 2020
 

 

En referencia a la información enviada a nuestras Instituciones vía correo electrónico, sobre la Solicitud del Plan Integral 2020, recordamos que a partir del día 2 de enero deberán presentar la siguiente documentación respaldatoria:

1- Certificado de domicilio de Presidente, Secretario y Tesorero, con fecha no mayor a los 90 días a partir de la presentación, expedida por Autoridad Policial o Juez de Paz (para el caso de que no tenga numeración se debe hacer una declaración jurada de domicilio con georreferenciación del mismo, destacando que se debe aportar cualquier otro dato pertinente a los fines de la localización del mismo). No se aceptarán certificados donde figure calle sin número. 

2- Fotocopia de D.N.I. certificada por Juez de Paz o Escribano Público de los responsables de las rendiciones de cuentas (Presidente, Secretario y Tesorero).

3- Fotocopia certificada por Juez de Paz o Escribano Público de la última acta de designación de autoridades, en la que deben estar incluídos los nombres y cargos de los responsables de las rendiciones de cuentas (Presidente, Secretario y Tesorero). Si dichos cargos se renuevan alternadamente, debe enviarse copia certificada de las actas correspondientes

4- Fotocopia certificada por Juez de Paz o Escribano Público de resolución o decreto que otorgó la personería jurídica.

5- Certificado consulta de estado de situación de IPJ, donde se encuentren al día con las obligaciones legales y estatutarias, como así también figuren los firmantes en sus respectivos cargos. (dicho certificado se descarga de la página de ciudadano digital IPJ)

6- Fotocopia certificada por Juez de Paz o Escribano Público de Estatuto Social. Colocar al final, la cantidad de fojas que componen dicho estatuto.

7-  Constancia de inscripción de A.F.I.P.

8- Nota dirigida al Sr. Ministro de Seguridad, solicitando los fondos. Firmada por presidente, secretario y tesorero con firmas certificadas  por  Juez  de Paz  o  Escribanía. 

9- Declaración jurada de correcta inversión de los fondos. Firmada por presidente, secretario y tesorero con firmas certificadas por  juez  de  Paz  o  Escribanía.

10- Requisitos de rendición de cuentas de subsidio. Firmada por Presidente, Secretario y Tesorero en cada hoja o carilla en caso de imprimir doble faz, con Firmas Certificadas por Juez de Paz o Escribanía. 

NOTA 1: Todas las fotocopias que comprendan este expediente, deben ser certificadas por Juez de Paz o Escribano Público. Igualmente, todas las firmas deben estar certificadas por Juez de Paz o Escribano Público. (NO autoridad policial, NO por secretaria de juez de paz) y los Certificados de domicilio en original. El certificado de vigencia de Personería Jurídica deberá ser expedido año 2020.

Nota 2: Los certificados de domicilio y toda la documentación debe ser certificada por Juez de Paz o Escribano con fecha del año 2020.

Nota 3: La Federación permanecerá en receso administrativo a partir del lunes 13 al martes 28 de enero inclusive, incorporándose el personal administrativo el día miércoles 29 de enero del 2020.

Nota 4: Plazos de presentación de carpetas:

A) Las instituciones de Bomberos Voluntarios de la provincia de Córdoba que presenten la solicitud y documentación completa, previa aprobación de la misma, hasta el día 30 de junio de 2020, percibirán las dos cuotas correspondientes al Plan Integral 2020.

B) Las instituciones de Bomberos Voluntarios de la provincia de Córdoba que presenten la solicitud y documentación completa, previa aprobación de la misma, entre el día 01 de julio al 30 de septiembre de 2020, percibirán solamente una cuota correspondiente al Plan Integral 2020.

C) En tanto que las instituciones de Bomberos Voluntarios de la provincia de Córdoba que presenten la solicitud, a partir del día 01 de Octubre de 2020, y por no contar con los plazos administrativos mínimos e indispensables NO PERCIBIRÁN el subsidio correspondiente al Plan Integral 2020.

 

***Toda la documentación arriba mencionada, es a los efectos de acreditar la existencia y permanencia de la Institución, y la correspondiente designación y vigencia de sus autoridades.

 

  

 
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